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Contrato Para inquilinos

Acuerdo de compañeros de cuarto (Los Ángeles, CA)

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Un acuerdo de compañeros de cuarto no es un contrato de arrendamiento, pero previene la mayoría de las disputas entre compañeros al dejar por escrito quién paga qué y cómo manejarán el depósito, los invitados y la mudanza. En Los Ángeles, esto se suma a su contrato con el propietario, que sigue rigiendo su tenencia y cualquier protección de la Ordenanza de Estabilización de Alquiler (RSO).

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Plantilla, no asesoramiento legal. Este documento específico aún no ha sido revisado por un abogado de California con licencia y no debería usarse hasta que lo haya sido. Un acuerdo de compañeros de cuarto rige a los compañeros; su contrato con el propietario sigue rigiendo su tenencia. Las reglas de depósito de garantía de California (Cal. Civil Code §1950.5, modificado por AB 12 y AB 2801) aplican al depósito retenido por el propietario.

Preguntas frecuentes

¿Es legalmente vinculante un acuerdo de compañeros de cuarto en California?

Sí; es un contrato privado entre los compañeros de cuarto, exigible como cualquier otro contrato conforme a la ley de California. No obliga al propietario y no reemplaza el contrato de arrendamiento; solo rige los arreglos de los compañeros entre sí (división del alquiler, aportes al depósito, reglas de la casa).

¿Cuánto puede cobrar nuestro propietario de LA como depósito de garantía?

Conforme al Cal. Civil Code §1950.5, modificado por AB 12 (vigente desde el 1 de julio de 2024), la mayoría de los propietarios no pueden cobrar más de un mes de alquiler como depósito de garantía, independientemente de si está amueblada. Una excepción limitada permite a propietarios pequeños (una persona física o una LLC de personas físicas que posea no más de 2 propiedades de alquiler con un total de no más de 4 unidades) cobrar hasta dos meses de alquiler si la unidad está sin amueblar y no tienen depósito de mascota. Sea cual sea el total, este acuerdo debería registrar exactamente cuánto aportó cada compañero de cuarto hacia él.

¿Cuándo debe devolverse el depósito, y el propietario tiene que probar qué retuvo?

El propietario debe devolver el depósito (o un estado detallado de deducciones más cualquier saldo restante) dentro de los 21 días posteriores a la mudanza (Cal. Civil Code §1950.5(g)(1)). Desde AB 2801 (plenamente vigente el 1 de julio de 2025), los propietarios también deben tomar fotos con fecha en la mudanza de entrada, en la mudanza de salida antes de reparaciones, y después de reparaciones/limpieza, y deben adjuntar las fotos relevantes de antes/después a cualquier deducción detallada; una deducción sin fotos de respaldo puede considerarse inválida.

¿Se puede agregar o quitar a un Compañero de Cuarto sin la intervención del propietario?

No si cambia quién figura en el contrato. Agregar o quitar a un inquilino nombrado en el contrato requiere el consentimiento del propietario. Si su contrato exige consentimiento para agregar un ocupante o subarrendar y guarda silencio sobre el estándar, la ley de California implica que el consentimiento no puede denegarse de manera irrazonable (Cal. Civil Code §1995.260); un propietario que no exprese una objeción razonable y por escrito dentro de un plazo razonable tras una solicitud por escrito puede considerarse que ha consentido.

¿Este acuerdo anula el contrato o las reglas de estabilización de alquiler de Los Ángeles?

No. Este acuerdo solo rige la relación de los compañeros de cuarto entre sí. El contrato, la Ordenanza de Estabilización de Alquiler de LA (RSO) o la RSTPO del Condado de LA donde la unidad califique, y la Ley de Protección al Inquilino estatal (AB 1482) siguen rigiendo la tenencia misma, los aumentos de alquiler y las protecciones de desalojo sin importar lo que acuerden los compañeros de cuarto entre sí.

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