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Protección por fuente de ingresos en Los Ángeles: por qué "No Section 8" es ilegal

Por el equipo editorial de CertRent Actualizado en julio de 2026 Verificado con fuentes oficiales de California y Los Ángeles

Por el equipo editorial de CertRent · Actualizado en julio de 2026 · Revisado con fuentes oficiales de California y de Los Ángeles

Poner "No Section 8" en los anuncios de alquiler en Los Ángeles viola la ley estatal. Dos leyes —SB 329 y SB 267— hacen ilegal rechazar a los inquilinos por sus fuentes lícitas de ingresos y limitan la manera en que los propietarios pueden evaluar a los titulares de vales (vouchers). Esta guía explica qué incluyen estas protecciones, por qué los rechazos generales de vales son ilegales, cómo el requisito de ingresos se aplica únicamente a la porción de la renta que paga el inquilino, y cómo documentar tus ingresos usando registros bancarios.

Qué significa "fuente de ingresos" bajo la ley de California

La Ley de Empleo y Vivienda Justos de California (Fair Employment and Housing Act) prohíbe la discriminación en la vivienda por características protegidas. La SB 329 (vigente desde el 1 de enero de 2020) modificó la definición para incluir expresamente "los subsidios federales, estatales y locales de vivienda, incluidos los Vales de Elección de Vivienda de la Sección 8 (Section 8 Housing Choice Vouchers), pagados a un propietario o arrendador en nombre de un inquilino".

Las fuentes protegidas incluyen:

  • Vales de Elección de Vivienda de la Sección 8 y vales basados en el proyecto (project-based)
  • Vales VASH para veteranos y otras ayudas de vivienda para veteranos
  • Vales de Vivienda de Emergencia (Emergency Housing Vouchers) y subsidios de prevención de la falta de vivienda
  • Programas estatales y locales de asistencia para el alquiler y de subsidio parcial (shallow-subsidy)
  • Seguro Social, SSI, SSDI, prestaciones por discapacidad, pensiones, manutención de menores y cualquier ingreso lícito y verificable

Por qué anunciar o rechazar con "No Section 8" es ilegal

Por lo general, en Los Ángeles un propietario no puede:

  • Publicar o difundir un anuncio que diga "No Section 8", "No se aceptan vales" o "No se aceptan programas"
  • Decirle a un solicitante por teléfono o en persona que no se aceptan vales
  • Negarse a aceptar, completar o devolver los documentos de la autoridad de vivienda
  • Imponer condiciones distintas, depósitos más altos o cargos adicionales a los titulares de vales
  • Dirigir a los titulares de vales hacia ciertas unidades o edificios

Publicar lenguaje discriminatorio en los anuncios infringe la ley de forma independiente a cualquier solicitud. Las capturas de pantalla, los mensajes de texto o los mensajes de voz que documenten un rechazo son pruebas valiosas.

Cómo funciona el requisito de ingresos: solo tu porción

La SB 267 (vigente desde el 1 de enero de 2020) aborda directamente la evaluación de ingresos. Cuando los solicitantes dependen de subsidios para el alquiler, los propietarios que usan un estándar de ingreso mínimo deben aplicar ese estándar únicamente a la porción de la renta que el inquilino realmente pagaría, y no al monto total de la renta.

Ejemplo: en una renta mensual de $2,400 donde el vale cubre $1,900 y el inquilino paga $500, un requisito de "tres veces la renta" se aplica solo a la porción de $500 del inquilino (aproximadamente $1,500 de ingreso necesario), no a los $2,400 completos.

Evaluación de crédito e historial financiero bajo la SB 267

La ley permite que los solicitantes ofrezcan "pruebas alternativas lícitas y verificables" cuando su expediente crediticio es limitado. Esto reconoce que muchos titulares de vales tienen historiales de crédito escasos sin que sea culpa suya.

Cómo usar registros bancarios cuando tu crédito es escaso

La documentación aceptable incluye:

  • Estados de cuenta bancarios que muestren depósitos regulares y un saldo constante durante varios meses
  • Comprobantes de pagos de renta puntuales (cheques cancelados, transferencias bancarias, registros de pagos)
  • Cartas de concesión de prestaciones de Seguro Social, SSI, SSDI o por discapacidad
  • Documentación del vale que confirme el monto del subsidio
  • Talones de pago, cartas del empleador o declaraciones de impuestos si tienes ingresos por trabajo

Conviene presentar estos documentos como un paquete, con una nota de portada que indique la porción mensual del inquilino, el monto del subsidio y un resumen de los documentos.

Qué hacer si un propietario rechaza tu vale

Pasos recomendados:

  • Toma capturas de pantalla de los anuncios y guarda los mensajes de texto y correos; anota fechas, horas y nombres
  • Solicita una negativa por escrito (sobre todo si menciona el vale)
  • Registra si el estándar de ingresos se aplicó a la renta completa o solo a la porción del inquilino
  • Presenta quejas ante: el Departamento de Derechos Civiles de California (calcivilrights.ca.gov/housing) o el Departamento de Asuntos del Consumidor y Negocios del Condado de Los Ángeles (dcba.lacounty.gov)
  • Busca asesoría de una organización de ayuda legal

Preguntas frecuentes

¿De verdad es ilegal que un propietario de Los Ángeles diga "No Section 8"?

Sí. Desde la entrada en vigor de la SB 329 el 1 de enero de 2020, los vales de la Sección 8 son una fuente de ingresos protegida. Negarse a alquilar o anunciar exclusiones constituye discriminación por fuente de ingresos bajo la Ley de Empleo y Vivienda Justos.

¿Puede un propietario seguir exigiendo que yo gane cierta cantidad de ingresos?

Sí, pero solo aplicado a la parte de la renta que realmente paga el inquilino, no al monto total del contrato.

Mi crédito es escaso porque nunca he tenido tarjeta de crédito. ¿Aún puedo calificar?

A menudo sí. La SB 267 permite pruebas alternativas, como estados de cuenta bancarios, registros de pagos y cartas de prestaciones, en lugar de basarse únicamente en los informes de crédito.

¿Qué documentos prueban mejor que puedo pagar mi parte de la renta?

Los estados de cuenta bancarios, los historiales de pagos puntuales, las cartas de concesión de prestaciones y la documentación del vale son alternativas sólidas cuando se presentan en conjunto.

¿Dónde denuncio a un propietario que rechaza mi vale?

Presenta la queja ante el Departamento de Derechos Civiles de California o el Departamento de Asuntos del Consumidor y Negocios del Condado de Los Ángeles; conserva toda la documentación de antemano.

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